Subvenciones de cuotas de la Seguridad Social por capitalización de desempleo (modalidad pago único)

Podrán beneficiarse de dicha subvención quienes previamente hayan percibido la prestación por desempleo, desde el primer día que se da de alta en la Seguridad Social y hasta finalizar el total de días de capitalización, (en su modalidad de pago único), y esté certificada por las oficinas gestoras del SEPE o de la Comunidad de Madrid.

En el caso de estar dado de alta como autónomo, la subvención es del 50% de la cotización del trabajador, y en el caso de estar dado de alta por cuenta ajena, la subvención es del 100% de la cotización del trabajador.

En cuanto al pago de la subvención se realiza por periodos trimestrales, previa justificación mensual del abono de las cuotas al régimen que corresponda.

Para más información, no dude en ponerse en contacto con nuestros profesionales de CanalCV.

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