Desde el día 1 de abril hasta el 15 de mayo de 2017, de acuerdo lo regulado por el Real Decreto 404/2010 de 31 de marzo, la Orden TIN/1448/2010 de 02 de junio y la Orden ESS/70/2016, de 29 de enero, las empresas que coticen a la Seguridad Social por Contingencias Profesionales y que reúnan los requisitos exigidos en la normativa, pueden presentar la solicitud para la obtención del Bonus en la mutua o entidad gestora que asuma la protección de sus contingencias profesionales.
Podrán beneficiarse de este incentivo aquellas empresas que contribuyan a una reducción de la siniestralidad laboral y realicen actuaciones efectivas en la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.
De acuerdo a su actividad y cotización, puede valorar el alcance de los índices de siniestralidad requeridos para solicitar este incentivo.
Desde CANALCV ponemos a su disposición a nuestros profesionales para atender sus consultas y facilitarle la tramitación de estas solicitudes.