La Audiencia Nacional impide el descuelgue selectivo de un convenio colectivo que haya vencido

La Audiencia Nacional en sentencia de 23 de marzo de 2015, intenta clarificar algunas de las dudas que surgen de la aplicación o no de los Convenios Colectivos que no hayan sido denunciados, duda fundamental que surge a raíz de la publicación de la Reforma Laboral del año 2012.

Esta sentencia sirve de complemento a la Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de diciembre de 2014 que dejaba muchas dudas pendientes de resolver.

La Sentencia de la Audiencia Nacional contrapone la pretensión del empresario de utilizar el Convenio Colectivo vencido pero únicamente en determinados aspectos decididos unilateralmente por la empresa y no en todo su conjunto., indicando que el Convenio Colectivo a utilizar es el vencido en todos sus aspectos incluso para los trabajadores de nueva contratación.

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