Actualización de los convenios: conceptos absorbibles

Es en esta época del año cuando en nuestras empresas se presentan las firmas y actualizaciones de los convenios colectivos y por ende las tablas salariales de los mismos.Pero en la mayor parte de los casos no se puede recurrir a este tema, para achacar un desembolso importante que afecte al resultado de la empresa, y a la tesorería de la misma.

¿Por qué decimos esto? Previendo la situación de firmas de los convenios, las empresas en las nóminas del personal aplican el concepto de “A Cuenta Convenio”, con lo que se le va repercutiendo la posible subida, de modo que la cuenta de resultados de ese mes no se vea afectada de modo tan drástico, ya que absorberá el total o mayor parte de esa subida salarial.

También reseñamos, que hay un importante número de trabajadores que perciben un salario que se encuentra por encima de su convenio. Con respecto a este “colectivo”, es en la sección 4ª del Estatuto de los Trabajadores, en donde se habla de “Salarios y Garantías salariales”, que aparece en el apartado 5 del artículo 26 este texto que transcribimos literalmente:“Operará la compensación y absorción cuando los salarios realmente abonados, en su conjunto y cómputo anual, sean más favorables para los trabajadores que los fijados en el orden normativo o convencional de referencia».

Por tanto, podremos aplicar esta compensación y absorción, en los supuestos de los que hablábamos anteriormente, en que la retribución se encuentra por encima de la marcada por su convenio.

No obstante existen casos en que no es de aplicación. Uno de ellos es cuando el convenio de aplicación lo prohíba expresamente, o cuando en la firma del contrato aparezca alguna cláusula anulando esta práctica.

Tendremos que tener también en cuenta una serie de excepciones, como el requisito de homogeneidad, que pondrá una serie de límites para poder aplicar dichas compensaciones y absorciones.

Desde Canal CV ayudamos a tú empresa a solucionar todos estos temas de la manera más eficaz posible, siguiendo siempre la normativa que cada convenio sectorial, territorial o particular, disponga al respecto.

Comentar

Puedes usar estas etiquetas y atributos HTML : <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>